Lunes, 20-10-08
HOY, día 21, se va a producir un hecho nunca visto en la Historia de nuestro país: una mayoría significativa de jueces y magistrados de toda España va a escenificar un plante al Gobierno por lo que consideran una intromisión intolerable a su independencia, consistente en la presión del ministro de Justicia, la vicepresidenta y el propio señor Zapatero para que el máximo órgano de gobierno de los jueces, el Consejo General del Poder Judicial, estime el recurso interpuesto a instancia de la Fiscalía General del Estado contra la sanción impuesta al magistrado-juez del Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla.
El evento se organiza a partir de la convocatoria unánime de los decanatos de todos los partidos judiciales de junta de jueces, lo que en la práctica equivale a la suspensión de todos los juicios y comparecencias a presencia judicial señaladas para hoy, y coincidente con el paro de tres horas convocado por parte de las dos organizaciones de secretarios judiciales.
Es muy posible que la opinión pública contemple toda esta actuación de los diferentes colectivos judiciales como una reacción meramente corporativista de defensa de los intereses del magistrado-juez y de la secretaria judicial sancionados, pero la realidad es que los motivos van mucho más allá de lo que pueda parecer en un principio. Es la gota que colma el vaso desbordado de tantos años de ignorancia, abandono y sobrecarga de trabajo en un servicio público tan sensible como es el de la Justicia.
El origen de todo este entuerto no es otro que el proceso de intervencionismo que los representantes políticos han realizado desde la proclamación de nuestra Constitución, y que se inició con la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, al contemplar una interpretación politizada de la constitución del CGPJ, auténtico semillero de toda esta lamentable situación de la Justicia.
De esta forma hay que recordar cómo el artículo 122 de nuestra Constitución define al CGPJ como «el órgano de gobierno del poder judicial», y su párrafo tercero configura dicha institución del Estado como «integrado por el presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de cinco años. De éstos, doce entre jueces y magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca una Ley Orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio de su profesión».
De una lectura literal del precepto se puede ver cómo el constituyente quería garantizar la independencia del Poder Judicial, a través de su órgano de gobierno, respecto a los otros dos poderes, y por este motivo diferenciaba los doce miembros de los ocho restantes, los primeros entre jueces y magistrados y los segundos elegidos por las cámaras políticas representativas, en un inequívoco sentido de equilibrio entre los tres poderes.
¿Y qué ocurrió? Pues que una vez llegado por vez primera al poder el PSOE, con mayoría absoluta de 202 diputados, en expresión del vicepresidente del Gobierno de entonces, y actualmente diputado en el Congreso, señor Guerra, se elaboró una Ley Orgánica del Poder Judicial, en desarrollo del artículo 122 reseñado, que hacía realidad su gráfica manifestación de que «Montesquieu estaba más que enterrado, junto con su tesis de la separación de poderes» y, desvirtuando intencionadamente la ratio del precepto constitucional, abducir al poder judicial bajo la manta del ejecutivo y legislativo, siendo elegidos la totalidad de sus veinte miembros por los órganos políticos; en palabras de la propia Exposición de Motivos, «la Ley, informada por un principio democrático, partiendo de la base de que se trata de un órgano de gobierno de un poder del Estado, recordando que todos los poderes del Estado emanan del pueblo y en atención al carácter de representantes del pueblo soberano que ostentan las Cortes Generales, atribuye a éstas la elección de dichos miembros de procedencia judicial del Consejo General». Sobran comentarios.
Si bien esta interpretación politizada del Consejo fue avalada por dos sentencias del Tribunal Constitucional, hay que llamar la atención que no fue más que eso, una «interpretación» que merece el calificativo de interesada, como podría haber cabido otra distinta y mucho más acorde con el texto constitucional. Así, el TC decía al respecto: «Es posible una interpretación conforme a la misma del hecho de que sean las Cortes Generales quienes hagan la propuesta de los 20 miembros», es decir, implícitamente reconociendo que la otra interpretación —o sea, que hubieran sido elegidos por el propio colectivo de jueces y magistrados— también tendría encaje constitucional.
El mismo Montesquieu, en su defensa de la separación de los tres poderes como piedra angular de un Estado democrático y de Derecho moderno, frente a los antiguos regímenes absolutistas, decía: «No hay tampoco rastro de libertad si el poder de juzgar no se halla separado del poder legislativo y del ejecutivo. Si se añade al primero, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos será arbitrario, ya que el juez será legislador. Si se añade al segundo, el juez podría tener la fuerza de un opresor; todo estará perdido si un mismo hombre o un mismo grupo de prohombres, o de nobles o de pueblos ejerciesen estos tres poderes: el de hacer leyes, el de ejecutar las resoluciones públicas y el de juzgar los crímenes o los conflictos entre particulares».
Por lo tanto, pese a quien pese, la posición del colectivo judicial está del todo justificada, ya que tras unas sanciones concretas lo que la verdad esconde no es más que un nuevo y peligroso intento del Ejecutivo actual, con su filosofía política global caracterizada por el pensamiento único y excluyente, de finiquitar el único muro de contención de su ambición política, que no es otra que la de forjar una carrera judicial y unos servidores judiciales completamente serviles a sus intereses políticos, con la complicidad o la irresponsable actitud pasiva de una oposición parlamentaria más preocupada de obtener segmentos de poder que de defender los intereses generales de la sociedad española.
Nunca ha estado más cerca la posibilidad de lograr sus fines. De ahí la auténtica trascendencia y naturaleza de los actos convocados para hoy.

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