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Publicado Domingo, 01-03-09 a las 07:53
En septiembre de 2004 entró en vigor la Ley Concursal, que regula los concursos de acreedores (antes quiebras y suspensiones de pagos). Como novedad, esta Ley permite acogerse a las personas físicas, aunque por desconocimiento pocas familias han hecho uso de este instrumento legal para reorganizar sus pagos y negociar la condonación de parte de sus deudas. Desde 2005, el Juzgado Mercantil de Sevilla ha declarado el concurso de acreedores de 32 personas físicas y sólo ocho tenían deudas superiores al millón de euros.
En 2004 ninguna familia sevillana se acogió a esta Ley y en 2005 sólo lo hizo una persona física. Tuvieron que pasar otros dos años para que en 2007 solicitaran el concurso de acreedores tres familias. Sin embargo, la crisis hizo que se produjera una avalancha de solicitudes en 2008, hasta el punto de que el pasado año el Juzgado Mercantil de Sevilla declaró el concurso de 23 personas. En los dos primeros meses de 2009 se ha declarado ya el concurso de 5 personas, por lo que algunas fuentes prevén que el año acabe con casi medio centenar de familias sevillanas en concurso, dada la previsión de aumento del paro.
Debido a la situación de insolvencia, muchas de estas familias han recurrido a un abogado de oficio para que se ocupe de su concurso de acreedores, mientras que otros han preferido contratar a un letrado de pago, aunque ello suponga engrosar sus deudas.
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