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Lo que costó buscar a Marta en el río puede ser reclamado
Recogida de firmas ayer a las puertas del Juzgado DÍAZ JAPÓN
Publicado Miércoles, 18-03-09 a las 07:12
Uno de los magistrados consultados ayer por ABC aseguró que «es perfectamente posible» que los gastos del dispositivo de búsqueda del río puedan ser reclamados a los autores del crimen.
Otro de los jueces ve también «posibilidades» de que el coste del dispositivo pudiera ser considerado como costas del procedimiento judicial y que, de ese modo, cuando Miguel sea condenado por la muerte de Marta deba también abonar el gasto del operativo montado tras su declaración inicial. Otros jueces apuntan a que a los acusados sólo se les podrá condenar a pagar las costas.
Por otra parte, el hecho de que el asesino confeso de la joven Marta del Castillo, Miguel C. D. , haya mentido sobre el lugar en el que se deshizo del cadáver no agravará la pena a la que se le condene porque «la mentira es completamente impune». Esto es lo que mantienen varios jueces y fiscales consultados por E.P. Miguel está en su derecho de cambiar de declaración «tantas veces como quiera», pues la Constitución permite no declarar o no hacerlo contra uno mismo y, frente al derecho estadounidense que sí pena la mentira, en España el acusado «tiene derecho hasta a mentir», aseguran varias de las fuentes consultadas que indican que, «a pesar de que esté feo decirlo, en la práctica, puede hacerse».
Haber mentido sobre el supuesto lugar en el que arrojó el cuerpo de Marta no tendrá consecuencias en la condena. Lo que sí las tendrá es el hallazgo del cadáver pues éste podría aportar pruebas para determinar cómo murió la adolescente y para saber si Miguel cometió un asesinato o un homicidio.
Con su cambio de declaración, el acusado podría estar siguiendo una «estrategia legítima» aunque «poco sólida», señalan los magistrados consultados, ninguno de los cuales afirma, sin embargo, que la estrategia podría tener por objetivo que el cuerpo de Marta nunca apareciese y evitar así que las pruebas forenses que se le practicasen al cadáver pudieran determinar las circunstancias en las que acabó con su vida. Y es que entre ser condenado por homicidio o por asesinato hay una «diferencia de unos cuantos años», 15 ó menos en el primer delito y 20 ó incluso 30 en el caso del segundo, explica un magistrado.
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