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Jiménez de Parga: «El matrimonio homosexual es un disparate jurídico»
Patrocinio Rodríguez Ramos (directora de la UIMP en Sevilla), Javier Borrego (director del Seminario), Manuel Jiménez de Parga (ex presidente del Tribunal constitucional) y Salvador Ordóñez (rector de la UIMP)
Martes, 21-04-09
El ex presidente del Tribunal Constitucional, Manuel Jiménez de Parga dijo ayer en el transcurso de un seminario sobre «La protección de los Derechos Humanos», que el Matrimonio homosexula es un disparate jurídico y que confía en que el buen sentido se imponga un día.
«Me parece un gran disparate llamar matrimonio a la unión de dos hombres o de dos mujeres. Yo confío, espero que todo esto se reconsidere», aseveró Jiménez de Parga en las jornadas promovidas por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) de Sevilla.
El ex presidente del Constitucional comentó que la Ley de Matrimonios Homosexuales es «una desfiguración de los preceptos, una monstruosidad jurídica. Son muchos los que piensan como yo, pero se callan. A mí no me importa decirlo», aseguró el jurista.
Manuel Jiménez de Parga, que presidió el Tribunal Constitucional entre los años 2001 y 2004, indicó que su postura no es compartida «por los progres o pseudoprogres, pero eso es lo que pienso».
El catedrático no quiso pronunciarse sobre el debate jurídico acerca de si es violencia de género o no la agresión de un hombre a otro unidos en matrimonio. «Es como si voy a Marte y me encuentro que allí la gente no anda de pie, ¿qué pasa aquí? Es otro mundo. Pues para mí esto también es otro mundo y me quiero morir sin entrar en él».
Hoy siguen las jornadas promovidas por la Menéndez Pelayo y se dedicará a la reacción del Tribunal Europeo frente a la carga creciente de casos, al tiempo que se celebrará una mesa redonda sobre «El papel de los letrados en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y en el Tribunal Constitucional».
El derecho a la libertad de religión será el tema central de la tercera jornada, mientras que el jueves se dedicará al derecho a un proceso en plazo razonable y a los derechos del acusado en el proceso penal.
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