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El Ayuntamiento rebaja la edad para ser Policía Local a los 16 años y la limita a 34
ABC Las bases también exigen una estatura mínima para los hombres y otra para las mujeres
Lunes, 27-04-09
Si el recurso contencioso-administrativo que ha interpuesto el sindicato de la Policía Local de Sevilla no prospera y siguen adelante las bases para entrar en el Cuerpo que ha elaborado y aprobado el Ayuntamiento de Sevilla, dentro de poco tiempo podremos ver cómo un joven de 16 años nos puede llamar la atención por la calle, pedirnos la documentación, multar nuestro coche, ir a casa porque un vecino dice que tenemos la música alta o para llevarnos una citación y, en definitiva, ejercer todas las funciones propias de una autoridad como es la Policía Local.
Por el contrario, la imagen de efectivo maduro con experiencia y trayectoria irá desapareciendo poco a poco ya que sólo podrán ser candidatos para entrar en el Cuerpo las personas que «tengan 16 años de edad y no hayan cumplido los 35», según rezan textualmente las citadas bases.
Discriminación
Y eso sin contar que la estatura mínima para los varones ha de ser 1,65 metros y para las mujeres 1,60, si bien eso no es lo que más preocupa a Manuel Bustelo, presidente del Sindicato Profesional de Policías Municipales de España-Sevilla.
Lo esencial para este representante sindical es la edad y la medida discriminatoria que supone limitarla, ya que «si una persona pasa las pruebas no entendemos qué tiene que ver la edad que tenga».
«Como si un hombre o mujer de 20 años pudieran estar en mejores condiciones físicas que otro de 40 ó 50. Eso es muy relativo y por eso no se debería limitar la edad por arriba, como ha hecho Castilla-La Mancha y dejarla por debajo en los 18 años que es la mayoría de edad».
Recurso
Estas bases han sido recurridas en primera instancia en un contencioso-administrativo que se dilucidará en julio por lo que, mientras tanto no surten efecto, de modo que se está impidiendo, -«de haberse hecho bien porque lo quieren hacer mal y no lo hacen peor»- que ingresen en el Cuerpo un total de 56 policías que «ya estarían a punto de salir de la academia», apostilla Bustelo.
Pero ¿de qué Administración es potestad fijar dichas limitaciones? ¿En qué normativa se basa? Según el presidente de ese sindicato, la Constitución Española le da potestad a las comunidades autónomas para regular ciertos aspectos de esta profesión, entre ellos el ingreso en el Cuerpo. En su día salió un decreto que desarrolla la Ley de Coordinación de la Policía Local de Andalucía 13/ 2001, en la cual se recoge una edad mínima de 18 años y no haber cumplido los 35.
«Pero el Ayuntamiento de Sevilla -sigue Manuel Bustelo- hace un revuelto entre la citada Ley y el Estatuto Básico del Empleado Público que sitúa la edad mínima en 16 años sin poner límite por arriba y, así fija en las bases 16 como mínimo y hasta 35».
En este sindicato no se explican cómo se puede establecer los 16 años como mínimo cuando a esa edad no se tiene ni el carné de conducir.
Es más, hasta los 19 años no podría conducir vehículos de gran cilindrada, en caso de que ingresarán con esa edad.
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