Publicado Lunes, 18-05-09 a las 11:21
La Consejería de Salud ha puesto a disposición de sus profesionales el modelo de informe psicológico y el protocolo de valoración psicológica que deben utilizar para realizar la valoración de madurez mental en aquellos menores de edad que se quieran someter a una intervención de cirugía estética.
Este documento, que tiene por objeto mostrar las líneas básicas que deben ser tenidas en cuenta, así como la metodología a emplear, está ya disponible en el banner de 'Cirugía Estética en Menores', activo en la web de Salud 'www. juntadeandalucia. es/salud'.
Según informó en una nota la Consejería del ramo, en la web los ciudadanos tienen acceso también a guías con información útil sobre operaciones de cirugía como la mamoplastia y la rinoplastia, así como al texto del decreto.
Desde que el pasado 18 de abril entrase en vigor el Decreto 49/2009 de protección de las personas menores de edad que se someten a intervenciones de cirugía estética en Andalucía, todos los jóvenes con menos de 18 años que deseen someterse a una operación de cirugía estética tienen que someterse a un examen psicológico previo a la intervención.
Tal y como recoge el Decreto, el informe psicológico de madurez tendrá que ser emitido por un psicólogo ajeno al centro sanitario donde se realizará la intervención y recogerá los datos profesionales del psicólogo y los personales del paciente, así como los de los tutores o representantes legales del menor. Además, indicará la metodología empleada, los resultados del estudio de madurez y las conclusiones.
Así, la evaluación psicológica abordará la comprensión plena por parte del menor de todos los beneficios, riesgos y consecuencias que supone la intervención a la que desea someterse; descartará aquellos trastornos psicológicos y alteraciones de la personalidad que puedan constituir causa de contraindicación; y valorará la madurez psicológica del menor.
El protocolo de valoración psicológica elaborado por la Consejería de Salud, y disponible en la web, establece que el examen psicológico deberá ser realizado en más de una sesión y transcurrir un tiempo mínimo de dos meses entre la primera y la última.
Siempre y cuando el informe psicológico y la valoración médica sean positivos, los jóvenes de entre 16 y 18 años podrán tomar la decisión de someterse a la intervención, por lo que serán ellos mismos quienes suscribirán el consentimiento informado. No obstante, los padres deberán ser informados y su opinión será tenida en cuenta.
En el caso de los adolescentes de entre 12 y 16 años, son los padres o tutores quienes deben autorizar la intervención, aunque será escuchada la opinión de los menores. Si el joven tiene menos de 12 años, la decisión sobre la operación corresponderá en exclusiva a sus progenitores.
Obligaciones a centros y profesionales
En cuanto a los controles y garantías exigibles a los centros y a los profesionales, el decreto prevé la creación de un registro de datos de cirugía estética de menores con el fin de conocer los indicadores de resultados y las tasas de éxito, complicaciones y efectos secundarios.
En cuanto a los controles y garantías exigibles a los centros y a los profesionales, el decreto prevé la creación de un registro de datos de cirugía estética de menores con el fin de conocer los indicadores de resultados y las tasas de éxito, complicaciones y efectos secundarios.
Para el mantenimiento del registro, que respetará en todo momento la confidencialidad, los centros estarán obligados a remitir semestralmente los datos exigidos a la Consejería de Salud.
Además, tendrán que presentar anualmente una memoria detallada de sus instalaciones, incluyendo equipos, quirófanos, salas de despertar y unidades de reanimación. De igual modo aportarán las certificaciones de los títulos de especialista de sus profesionales y mantendrán un registro actualizado de las plantillas.

