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La Fiscalía del TSJA avala el manual de EpC demandado
María Dolores Cano, que presentó el recurso ante el TSJA. EFE
La familia de Huelva dice que «era de esperar» la oposición de la Fiscalía
El abogado de la familia Flores Cano, Abel Martínez, aseguró ayer que «era de esperar» que la Fiscalía Superior de Andalucía mostrara su oposición a la demanda presentada por la familia, de Bollullos Par del Condado (Huelva), que interpuso un recurso ante el TSJA contra el manual de Educación para la Ciudadanía de McGraw-Hill, que se utiliza en el colegio de uno de sus hijos, por considerarlo «adoctrinador». En declaraciones a Europa Press, señaló que en estos momentos todas las partes personadas en el proceso —Junta, Fiscalía Superior Andalucía, Abogacía del Estado y la propia editorial— «deben contestar al recurso y ya después vendrá el proceso probatorio, las conclusiones y la sentencia». El letrado resaltó que «el mes de agosto es un mes hábil para este tipo de recursos, ya que se ven implicados derechos fundamentales», por lo que espera que «la sentencia esté lista para septiembre».
Publicado Martes, 25-08-09 a las 07:15
La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado una demanda contra un manual de Educación para la Ciudadanía (EpC) por considerar que el texto no tiene carácter adoctrinador, como sostenían los padres de Bollullos Par del Condado que presentaron el recurso.
En la resolución de la Fiscalía, a la que accedió Efe, se consideran «ajustadas a la legalidad» las resoluciones de abril del viceconsejero de Educación, Sebastián Cano, respecto a que el manual de la editorial Mc Graw Hill no es adoctrinador y que su contenido no atenta contra la neutralidad ideológica educativa.
Los padres que recurrieron contra el manual pedían, bajo el amparo de sus derechos fundamentales, que su hijo no asistiera a las clases de EpC, lo que rechazó el viceconsejero y ahora respalda la Fiscalía del TSJA.
Tratamiento de la familia
En su demanda, los padres se quejaban de los contenidos del manual sobre cuestiones como la visión historicista del ser humano, la autonomía personal, las relaciones interpersonales así como la dimensión humana de la sexualidad, «con una visión reduccionista de la sexualidad», la homosexualidad y la ideología de género. También se quejaban del tratamiento dado a las relaciones humanas y a la familia, a los derechos humanos, a la relación hombre-mujer, la diversidad cultural y a las cuestiones políticas.
La Fiscalía del TSJA, sin embargo, afirma que «los demandantes han sacado de contexto de cada unidad didáctica una serie de reflexiones de forma aislada, pudiendo inducir a error o dudas en torno a su alcance». Además, la Fiscalía señala que la creencia religiosa de los padres «no es argumento sólido para considerar que la enseñanza de aquellos valores o convicciones morales propias de una sociedad pluralista que no vayan en la línea con las que reconocen los demandantes como verdaderas y que respeten los principios constitucionales supongan una vulneración del derecho de los padres a formar a sus hijos conforme a sus convicciones».
En su resolución, la Fiscalía señala que «la trascendencia ideológica y religiosa que los demandantes observan en el contenido del libro se minimiza con el debate y la reflexión posterior a la que invita el libro, contribuyendo ello a no solapar las propias convicciones». La sentencia del alto tribunal, según explicó el abogado de la familia, se espera para septiembre.
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