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absuelven al cuco

La falta de pruebas permitirá al Cuco conseguir la libertad en unos meses

El juez descarta que violara y matara a Marta y le impone tres años por ayudar a ocultar el cuerpo, cuyo paradero conoce

La falta de pruebas permitirá al Cuco conseguir la libertad en unos meses ABC. VÍDEO: ATLAS

mercedes benítez

Si como especifica el fallo se descuenta al menor el tiempo de cumplimiento de las medidas cautelares que le impusieron, el Cuco, que ha pasado nueve meses en un centro de internamiento por el crimen de Marta del Castillo y un año y cuatro meses en un piso tutelado, estará pronto en la calle . Probablemente en unos meses y casi coincidiendo con la celebración del juicio contra Miguel Carcaño y los mayores. Y es que la sentencia que ayer hizo pública el juez de menores Alejandro Vian, sólo le condena por un delito de encubrimiento a tres años de internamiento . Dos años y once meses en un centro cerrado, seguidos de un mes de libertad vigilada.

De hecho la propia fiscal jefe admitió que «se le descontará el tiempo que ha cumplido internado» aunque no está claro si los días que ha estado en un piso tutelado computan de uno en uno o de tres por uno. Esa decisión la tomará el juez que ejecute la sentencia aunque, de momento, la defensa ya ha pedido la suspensión de las medidas cautelares y que el joven salga del piso tutelado. En cualquier caso lo más llamativo del fallo hecho público ayer es la absolución de los otros delitos: la violación y el asesinato de la joven .

La absolución de esos delitos (después de que la propia Fiscalía introdujera una calificación alternativa sólo por encubrimiento) se basa en que no ve pruebas de que El Cuco participara en la violación y el asesinato de la joven. « No ha quedado debidamente acreditado o probado que el menor penetrara vaginalmente a Marta ni que ayudara a otra persona a que lo hiciera e igualmente y tampoco ha quedado probado que el menor participara en la muerte de Marta»

Pero ¿Por qué le absuelve de la violación y el asesinato? La sentencia da como probado que, el 24 de enero de 2009, el Cuco fue en bici a recoger a Marta con la que había quedado por el messenger. Como había salido, se fue a buscarla a una plaza donde ésta se reunía con sus amigos .

Tras un tiempo, Miguel y Marta se fueron a Triana mientras el menor se fue a reunirse con otros amigos de botellona en el polígono de San Pablo. Durante ese tiempo, el juez ve probado que Miguel y Marta se fueron a la calle León XIII y allí le dio muerte a la joven . Después Miguel llamó por el móvil al menor y a otra persona mayor (Samuel).

Ambos, tras coger las llaves del vehículo de la madre del Cuco, acudieron al piso de León XIII donde se encontraron con Francisco Javier (hermano de Miguel). Allí decidieron hacer desaparecer el cuerpo de Marta. «La sacaron a peso del domicilio» y posteriormente «en la silla de ruedas la trasladaron hasta el lugar donde estaba el vehículo». La metieron en los asientos traseros y se montaron en el coche el Cuco y Samuel mientras Miguel iba detrás en su moto . Entre todos «llevaron el cuerpo de Marta hasta un lugar no determinado y dando al mismo un destino que a día de hoy se ignora completamente».

Y eso enlaza con lo que dice el juez que «no tiene duda alguna de que conoce el lugar exacto de su paradero, o qué se hizo con el cuerpo o, al menos, dispone de datos ciertos y fiables que llevarían a conocer el lugar en el que el cuerpo se encuentra ».

Sin embargo pese a esa certeza, el juez no le condena por violación y asesinato aunque critica la actuación del Ministerio Público en la instrucción. Y es que el juez ha decidido no dar por válida la declaración de Carcaño en la que se autoinculpaba y también acusaba al menor porque el fiscal no le tomó declaración. La sentencia cree que esa declaración inculpatoria de Carcaño «carece de eficacia probatoria por haberse vulnerado la garantía» ya que no pudo estar presente el abogado del menor.

Por eso se pregunta por qué el fiscal de menores no tomó declaración a Carcaño (como hizo el instructor con el Cuco) pese a que tuvo tiempo más que suficiente para ello. Y tampoco se cree el juez la declaración de Carcaño porque, a su juicio además de cambiar varias veces de versión, pudo estar movido por «móviles espúreos de venganza o resentimiento hacia el menor» por haber incluido a su hermano como partícipe en los hechos.

Pero además el hecho de que el juez no de por válidas las pruebas biológicas ( perfiles genéticos y las huellas ) alejan la posibilidad de que esas pruebas sirvan en el juicio de los mayores.

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