Andalucía

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Indignados antes de jubilarse

Los colectivos afectados por la orden ministerial que les impide ejercer una vez jubilados están en pie de guerra. Se prevén recursos en cascada y surgen voces muy críticas con las prebendas de la clase política

Día 13/06/2011 - 00.34h

«Lo hacemos para igualar a todos, para que no haya discriminaciones entre las personas que se jubilan por el régimen de la Seguridad Social», argumentan las fuentes del Ministerio de Trabajo consultadas por este periódico a cuenta de la norma que establece la incompatibilidad entre el cobro de la pensión de jubilación y el ejercicio de profesiones liberales. Los afectados responden que se trata de una medida «frívola, injusta, ineficaz» y reclaman que antes de su puesta en práctica el Gobierno podría dar ejemplo y eliminar las «prebendas» de la «clase política».

Resulta evidente que no se van a quedar en meras declaraciones. Los servicios jurídicos de numerosos colegios profesionales ultiman los recursos a presentar ante la Audiencia Nacional contra una normativa con la que el Ejecutivo ha tenido la virtud de contrariar a miles de trabajadores de medio y alto nivel que se sienten absolutamente «discriminados».

La orden del Ministerio establece que a partir del próximo 1 de julio el cobro de una pensión de jubilación de régimen contributivo en la Seguridad Social resulta incompatible con el trabajo del pensionista. De esta forma, los profesionales afectados, si quieren seguir desarrollando su labor, deberán aplazar el cobro de la pensión. La norma no tiene efectos retroactivos para aquéllos que ya están cobrando de la Seguridad Social.

Tras la publicación de la orden, el departamento que dirige Valeriano Gómez introdujo una rectificación, según la cual los profesionales que cumplan los 65 años antes del 1 de julio, no coticen al Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y estén pensando en jubilarse de su actividad por cuenta ajena y continuar con la consulta privada, ya no tienen plazo para hacerlo, y pasada la citada fecha sí podrán jubilarse y mantener el trabajo a título privado.

En cualquier caso, la indignación de los perjudicados (médicos, abogados, arquitectos o ingenieros, entre otros), no se aplaca con el matiz anterior ni con los ingresos extraordinarios (alrededor de 6.000 euros anuales como tope) que podrán percibir como complemento de la pensión por actividades esporádicas como asesoramientos, cursos, conferencias, etc.

Las fuentes del Ministerio consultadas por ABC insisten en que ha existido hasta ahora es «una excepción, y no puede haber distinciones. Por tanto, si se cotiza a la Seguridad Social y se recibe una pensión con cargo a esos fondos el trato debe ser igual para todos». Y en cuanto a por qué se elige este momento para adoptar esta medida, la respuesta es simple: «Alguna vez había que hacerlo».

José Joaquín Gallardo, decano del colegio de Abogados de Sevilla, no oculta su malestar. «La mayor de las injusticias consiste en tratar de manera igual a los desiguales», enfatiza. Es una medida, opina, «sorpresiva, no va a tener mucha virtualidad y parece contraria a Derecho».

Los afectados, expone Gallardo, tendrán que renunciar a la pensión de la Seguridad Social al cumplir los 65 años y seguir trabajando cotizando para la Mutua privada durante los años que consideren hasta comunicar que han cesado en la actividad. «Pero estos señores han cotizado a la Seguridad Social y tienen derecho a su pensión. Y si nosotros —añadió— hemos convenido unas condiciones de futuro ahora no las pueden variar radicalmente al momento de jubilarnos porque está usted defraudando nuestros legítimos derechos, y si me apuran defraudando económicamente nuestro patrimonio».

Sin privilegios

Y en este punto, el también portavoz del Consejo Andaluz del Colegio de Abogados introduce un elemento con tintes de polémica y reclama que si se trata de igualar, el Gobierno podría comenzar eliminando los privilegios de la clase política. «Por vergüenza torera —dijo— el Gobierno no puede adoptar medidas de calado, restringiendo derechos ya adquiridos de índole económica a trabajadores cualificados si antes no se restringen ellos las prebendas económicas que a lo largo de los años unos y otros han ido reconociéndole a la llamada clase o profesión política».

Para Gallardo, «es escandaloso» que diputados nacionales y autonómicos garanticen sus pensiones «con muy pocos años de cotización. Seamos justos en la política de apretarnos el cinturón. En eso estamos de acuerdo. Pero la medida del Ministerio de Trabajo es frívola, injusta e ineficaz. Y mi reproche es para la clase política que tiene la desfachatez de adoptar resoluciones que afectan a colectivos profesionales, en lugar de aplicarse ellos mismos las mínimas medidas de restricción económica. Eso sería lo justo y razonable».

Será el próximo viernes cuando el Consejo General de la Abogacía abordará en Madrid esta problemática, reunión de la que seguramente saldrá el acuerdo de presentar un recurso ante la Audiencia Nacional, tal y como han decidido hacerlo el Consejo Andaluz de Colegios de Médicos.

«Es bueno que los ciudadanos sepan que los abogados no pretendemos tener un trato distinto al del resto de los ciudadanos, y en ese sentido no hay nada que decir, pero también es cierto que hay cuestiones que merecen la pena comentarse».

Así opina, igualmente, Manuel Camas, decano del Colegio de Abogados de Málaga. «Muchos de esos letrados que ahora se ven en la obligación de prorrogar el tiempo de trabajo o de renunciar a la pensión, estarán cotizando obligatoriamente en la Mutualidad de la abogacía, y la pensión que se deriva no se devengará hasta que cumplan 69 ó 70 años. La situación es que tienen que dejar de trabajar, pero a la vez deben seguir cotizando en el sistema mutualista, y eso obviamente genera perjuicios».

Consideró igualmente Camas que la medida no se tendría que haber adoptado de forma «inesperada y un poco sorpresiva, sin negociación previa, lo que obliga a los profesionales que habían programado su retirada con años de antelación a cambiar los planes. Quizás se tendría que haber negociado y establecer un periodo transitorio».

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