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los palacios

Demanda al Consistorio por no asignarle trabajo en cuatro años

Sus retribuciones sí han ido subiendo y sólo le han encargado un informe jurídico

Demanda al Consistorio por no asignarle trabajo en cuatro años abc

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Sevilla ha dictado una sentencia en la que obliga al Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca a asignar funciones a un funcionario municipal que demandó al propio Consistorio después de que en cuatro años únicamente le ordenara emitir un informe jurídico, a pesar de lo cual «ha visto cómo sus retribuciones se han incrementado sin ningún fundamento».

Este funcionario demandó al Ayuntamiento palaciego después de ser desestimada por silencio administrativo la solicitud realizada el 2 de julio de 2009 en la que pedía la expedición de un certificado o informe donde conste el puesto de trabajo, según plantilla aprobada y la relación de puestos de trabajo; el cargo que ocupa, incluidas las retribuciones y complementos asignados, así como el desempeño efectivo de sus funciones. En la sentencia, el juez asevera que «ha quedado acreditado» que, desde que tomó posesión de su puesto de trabajo como letrado del Ayuntamiento después de ser cesado en su puesto de secretario en el año 2007, se ha producido una «ausencia» de funciones y responsabilidades, así como de falta de personal colaborador y de medios con los que compartir y realizar la tarea «día a día» .

En este sentido, el juez asegura en el fallo que esta situación «vulnera el derecho al cargo que tiene» el funcionario, «puesto que deben asignarse las funciones correspondientes a su puesto de trabajo, siendo estas tareas propias de su condición profesional y del cuerpo al que pertenece».

Asimismo, añade que «la situación por la que atraviesa durante varios años el recurrente genera desaliento y puede llegar a producir consecuencias negativas en la salud del funcionario», todo ello «por una sensación de vacío y desmoronamiento moral al encontrarse aislado y sin funciones que desempeñar».

De igual modo, tacha de «insólito» que, «en una situación de crisis económica como la actual, se pueda prescindir del trabajo de un funcionario público con experiencia y a la vez retribuir al mismo», recordando que «la propia declaración del recurrente en el acto de la vista afirma que afecta a su dignidad el no desempeñar funciones y que carece de explicación alguna que en estos cuatro años solamente ha emitido un informe jurídico, y, aún así, ha visto cómo sus retribuciones se han incrementado sin ningún fundamento».

Según el juez, «esta situación es totalmente anómala» , ya que la Administración «tiene que cumplir con las funciones que tiene asignadas por la Constitución y las leyes deben actuar bajo los principios de eficacia y eficiencia». «Si bien corresponde al Ayuntamiento, dentro de su potestad de autoorganización, el fijar cuáles son las funciones asignadas a cada empleado público, lo que no es admisible es que el responsable de la Administración, en este supuesto el concejal o delegado responsable del área o departamento al que esté adscrito el funcionario, durante un tiempo tan prolongado no le asigne tareas y responsabilidades», asevera.

La sentencia condena al Ayuntamiento a emitir un certificado o informe donde conste el puesto de trabajo, según plantilla aprobada y la relación de puestos de trabajo, el cargo que ocupa, incluidas las retribuciones y complementos asignados, y que se proceda a la asignación y desempeño de funciones, todo ello además con expresa imposición de costas a la Administración demandada.

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