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Sevilla / BURGUILLOS

El despido de un operario municipal se declara «procedente» por la crisis

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El empleado alegó que hubo vulneración de su «libertad ideológica» al ser sindicalista

Día 16/12/2011

Novedosa sentencia la que acaba de producirse en Burguillos, que respalda por vez primera un despido en una administración pública a causa de la crisis económica de la institución. Lo que fue denunciado como «cacería política» para cargar contra el alcalde, el popular Domingo Delgado, se ha convertido en un despido procedente motivado por la grave situación financiera de ese consistorio. Así, el Juzgado de lo Social número 1 de Sevilla ha declarado procedente el despido de un hombre que trabajaba desde julio de 1994 como encargado de obra y sepulturero del Ayuntamiento burguillero, gobernado ahora por el PP, ya que «no pueden ignorarse las circunstancias económicas que pesan» sobre el Consistorio, «tan apremiantes que han llevado a la corporación actual a plantearse la disolución ante la dificultad de atender el servicio público». Esa justificación sustenta la medida, lo que supone un punto de inflexión, especialmente cuando se trata de un representante sindical el afectado, algo prácticamente inédito hasta la fecha.

En la sentencia, a la que ABC ha tenido acceso, la juez relata que el trabajador despedido, A.J.S., venía percibiendo un salario de 2.001 euros mensuales, con prorrata de pagas extraordinarias de 293,86 euros, hasta que en agosto de 2011 se le notificó por el Ayuntamiento la extinción de la relación laboral «en base en las circunstancias económicas», indemnizándolo con 30.471 euros. En este sentido, la juez recuerda que el acta de arqueo de 11 de junio de 2011 «demuestra la situación de iliquidez» en que está el Ayuntamiento, a lo que se suma que la liquidación de los presupuestos de 2009 y 2010 «revela una situación económica negativa», y la deuda actual con los trabajadores acogidos al expediente de regulación de empleo de las empresas que conforman Burguillos Natural es de 1.454.167,77 euros.

Por ello, la nueva corporación elaboró un plan de actuación y se propuso al pleno, por resolución de Alcaldía, la amortización de las plazas de encargado de obra existentes, procediéndose al despido de ocho empleados, entre ellos el demandante. La juez entiende que «a pesar de los indicios, no puede tenerse por acreditado que la causa del despido fuera el ejercicio de actividades de representación sindical por parte del recurrente o el hecho de que su suegro fuera en las listas del PSOE en las pasadas elecciones municipales». El fallo señala que «el hecho de la afiliación de un pariente al PSOE no parece motivo suficiente para fundamentar por sí la discriminación imputada» al Ayuntamiento por parte del operario, que había referido en su denuncia una vulneración de derecho fundamental a la igualdad y a la libertad ideológica. La juez cita la declaración de una testigo propuesta por el demandante que admitió que en el Ayuntamiento siguen trabajando militantes del PSOE.

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