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caso marta del castillo

La acusación particular pide al Supremo la nulidad para celebrar un nuevo juicio

El abogado de la familia tacha la sentencia de «absurda, ilógica e irracional, e incomprensible»

La acusación particular pide al Supremo la nulidad para celebrar un nuevo juicio tarek/pp/vídeo: ep

mercedes benítez

Miguel Carcaño seguirá en la cárcel de Morón de la Frontera , en la que lleva casi tres años, como preso preventivo aunque haya sido condenado a veinte años por el asesinato de Marta del Castillo . Mientras la sentencia no sea firme, mantendrá esa situación en la que puede permanecer hasta la mitad de la condena, que en este caso serían diez años . Lo que está por ver es lo que ocurriría si el Tribunal Supremo anulara el juicio, como pide la acusación particular.

En cualquier caso lo más lógico es que el Tribunal Supremo , que tendrá que decidir sobre los recursos que ya han anunciado algunas de las partes, resuelva antes. Ayer el condenado no había recibido aún la notificación oficial del fallo ya que el juzgado de Morón, al que la sección VII había enviado el exhorto, no ha mandado a la prisión a un funcionario para que se lo entregue en mano.

La defensa pide homicidio

Por ello no ha comenzado a contar el plazo para la presentación de recursos. Y a eso se aferra la Fiscalía de Sevilla para seguir sin aclarar su postura. Sin embargo tanto la defensa como la acusación particular presentaron ayer su anuncio de recurso. En el caso de la abogada que defiende a Carcaño justifica su recurso en una infracción de ley y pide que su cliente sea condenado por homicidio en lugar de por asesinato.

El argumento principal es que en el relato de hechos probados la propia sentencia considera lo sucedido (que Miguel mató a Marta de un golpe con el cenicero) como un homicidio y luego en el fallo lo califica de asesinato. En caso de que el recurso prosperara, Carcaño podría ver reducida su condena en cinco años, ya que la pena que podría caerle sería de entre diez y quince años.

En cuanto a la acusación particular, el letrado José María Calero también anunció ayer su recurso con el que pide la nulidad del juicio e insiste en la necesidad de que se celebre uno nuevo en el que fueran condenados los cuatro acusados. Y ello porque entiende que se han vulnerado derechos fundamentales al dictarse resolución en un procedimiento separado al del menor (el del Cuco).

En este sentido, la acusación particular argumenta que se ha lesionado el derecho a un juez imparcial ya que, tras la publicación de la sentencia del Cuco , la sección VII reconoció en el caso de los mayores que habría que afrontar las consecuencias derivadas de una resolución «difícilmente comprensible para la opinión pública».

La lesión del derecho a la tutela judicial efectiva de la familia de Marta también figura entre los argumentos del recurso que prepara porque considera los argumentos del fallo «contrarios a las reglas de la lógica y la razón ». Unos derechos que también han sido conculcados, según Calero, por no haber admitido pruebas propuestas en tiempo y forma que consideraba que necesarias y que «podían haber modificado el sentido del fallo».

Se trata de declaraciones de testigos y periciales que el letrado cree básicos. Entre ellos la del comisario jefe de la Brigada Provincial de Policía Judicial, Manuel Piedrabuena , por considerarlo «la única persona que tuvo acceso a la información aportada por los tres grupos que actuaron ( Menores, Homicidios y Policía Científica ) y que considera que hubiera aportado «una visión de conjunto» de toda la investigación.

Pero también el abogado relata que debieron declarar los padres del acusado Samuel Benítez para explicar al Tribunal los movimientos de éste durante la noche en que ocurrieron los hechos, la antigua novia del mismo, Vanesa G.B. así como otros tres testigos.

Según especifica, las declaraciones de algunos de los testigos podrían haber modificado el resultado de la prueba. Y también insiste en que hay «contradicciones, incoherencias y omisiones». En este sentido recalca que resulta incompatible que en una página de la sentencia se diga que sobre las 22.15 se separaron Miguel y el Cuco, en otra página se fije que la muerte de Marta se produjo entre las 21 horas y las 22.15 y en otra de por hecho que el cuerpo de la joven fue sacado del piso de León XIII sobre las 22.15.

«Ofrece oscuridad e incomprensión el relato de los hechos —recalca el escrito de la representación de los padres de Marta— que aparezca sorpresivamente y sin que exista contacto previo ni con Carcaño ni con el menor la mención a tercero o terceros no identificados».

La llamada a Samuel

También llama la atención a la acusación particular que se relate en la sentencia que en la franja horaria de los hechos, el Cuco se puso en contacto telefónico con Samuel sin hacerle partícipe de lo ocurrido. E igualmente el letrado destaca que la sentencia no diga nada sobre dónde quedó la silla de ruedas utilizada para el traslado del cadáver durante el tiempo que va entre las 22.15 y las 02.00 y por qué no fue devuelta al lugar de origen tras su utilización.

Pero además la acusación particular cree que la actuación del Tribunal se ha producido con «quebrantamiento de forma» tanto en la inadmisión de pruebas que podrían haber influido en el fallo como en la «defectuosa» redacción de la sentencia . En este sentido, insiste en que la valoración de la prueba realizada por los jueces puede tacharse de «absurda, ilógica e irracional» al considerar veraz entre las declaraciones de Carcaño «aquella que resulta más inconsistente y carece de corroboración alguna». Igualmente se basa en varios quebrantamientos de forma como la omisión del hecho de que escondieron una navaja o, las conversaciones entre los acusados con referencias al cálculo sobre cuando serían descubiertos los hechos. La acusación particular pide que si fueran desestimadas sus peticiones, se condene a Carcaño por el delito de profanación de cadáveres y a Benítez por este mismo al que une el de encubrimiento. .

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