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El Tribunal Supremo anula en un año 232 nombramientos «a dedo» en la Junta

El sindicato Safja denuncia el incumplimiento sistemático de las sentencias judiciales

El Tribunal Supremo anula en un año 232 nombramientos «a dedo» en la Junta efe / raúl caro

josé cejudo

El Tribunal Supremo ha anulado en el plazo aproximado de un año un total de 232 nombramientos para puestos de libres designación (PLD) en diferentes departamentos de la Junta de Andalucía , como respuesta a los recursos presentados por el sindicato Safja , que asegura también que los elegidos «a dedo» son altos cargos que suplen cometidos que deberían estar asumidos por funcionarios de carrera. Pese a las sentencias, el Ejecutivo que preside José Antonio Griñán los ha mantenido en sus responsabilidades tras aprobar un decreto que modificaba, a la medida de los afectados, la relación de puestos de trabajo de las consejerías. Esta última normativa también ha sido impugnada por la central sindical y está pendiente de la decisión de los jueces.

La Junta de Andalucía asumió el compromiso de reducir 180 cargos directivos de libre designación con motivo de la reordenación de la Administración , aunque en la en la práctica y en la mayoría de los casos, lo que se ha hecho es un traslado de puestos entre diferentes departamentos, de forma que el ahorro prometido está por demostrar.

Prueba

Y la prueba más evidente de que no existe en la Junta interés alguno por reducir progresivamente este tipo de nombramientos —no ya de máxima responsabilidad política y de confianza sino para actividades que pueden realizar los funcionarios — está en las sentencias que desde el pasado año se suceden contra estas prácticas. Sentencias judiciales que sistemáticamente son ignoradas por el Ejecutivo, y que sortea con nuevas normativas.

Esta misma semana el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía (Safja) ha tenido conocimiento de la última de las sentencias del Tribunal Supremo que desestima un recurso de casación de la Junta contra otro fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), sobre un puesto de libre designación en el Consejo Económico y Social , concretamente en el Servicio de Planificación Pública y Desarrollo de Proyectos.

Con este último caso son ya 232 los nombramientos «a dedo» que han sido anulados por el Tribunal Supremo —ratificando los fallos del TSJA— en un total de doce sentencias firmes desde que Safja, tiempo atrás, comenzó a denunciar en los juzgados tales procedimientos.

El Supremo ha reiterado en los sucesivos fallos que cuando se considere necesario acudir al sistema de libre designación «se haga excepcionalmente y justificando, caso por caso, por qué debe utilizarse». Segun Safja, incluso en ocasiones los magistrados del Supremo han advertido a la Administración que los requisitos mínimos exigidos para este tipo de puestos de altos cargos y de confianza, «no pueden reducirse a lo que el órgano de decisión se forje a la vista del historial profesional de los candidatos o aspirantes, porque se estarían eliminando todos los elementos reglados del ejercicio de la potestad discrecional de la Administración pública , pudiendo dar lugar a la indeseada arbitrariedad ».

Es decir, subraya Safja, «que los tribunales también advierten de la ilegalidad cometida al intentar amoldar el puesto al candidato». De hecho, y tras una primera andanada de fallos contra los PLD, la Junta aprobó en julio del pasado año un decreto por el que modificó parcialmente la relación de puestos de trabajo de diferentes consejerías, exactamente los mismos que habían sido anulados por los jueces. Esta normativa, que según Safja la Junta elaboró para sortear las resoluciones judiciales desfavorables y mantener a su personal de confianza, también fue recurrida por el sindicato, aunque todavía se desconoce cuál será el desenlace definitivo.

Fuentes del sindicato denunciaron a ABC esta última circunstancia, porque «lo que hizo la Junta fue una especie de renovación de las plazas y volvió a sacar las mismas que ya estaban anuladas. La Ley establece que estos nombramientos deben ser muy excepcionales, por lo tanto no puede haber más de doscientos nombramientos a dedo. Son cargos de niveles muy altos, que en la mayoría de los casos tendrían que cubrirse por funcionarios, que están perfectamente capacitados para ello».

Las mismas fuentes indicaron a este periódico que en determinados centros de la Administración andaluza hay funcionarios que si bien están por debajo y a las órdenes de las personas que ocupan los puestos de libre designación, los empleados públicos «tienen más preparación» que sus jefes.

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