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Cuatro años de cárcel por robar 180 euros de una farmacia a mano armada

El abogado del condenado asegura que no está demostardo que su defendido fuerala persona que cometió el crimen

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la condena de cuatro años de cárcel impuesta a un hombre que atracó a mano armada y oculto bajo un pañuelo una farmacia ubicada en la barriada de La Corza de la capital hispalense, tras lo que huyó con un botín de 180 euros.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima confirma el fallo del Juzgado de lo Penal número 3 y rechaza el recurso interpuesto por el acusado, condenándolo a cuatro años de prisión y el pago de una indemnización de 180 euros por un delito de robo con violencia e intimidación en las personas y con uso de arma con la agravante de reincidencia.

Así, considera probado que, sobre las 20,30 horas del día 17 de octubre de 2008, el acusado se introdujo en una farmacia ubicada en la calle Baltasar de Alcázar y, "esgrimiendo una pistola al grito de 'esto es un atraco', con la cara semioculta por un pañuelo", requirió a la víctima "para que le hiciera entrega del dinero que había en la caja", tras lo que huyó con 180 euros y se subió en un coche que le esperaba en las cercanías.

El acusado consideró que se habían vulnerado su derecho a la presunción de inocencia y el principio de 'in dubio, pro reo' por entender que "no se ha acreditado" que fuera el autor del robo, recurso que la Audiencia Provincial rechaza teniendo como base la declaración del dueño de la farmacia, que "tanto en Policía como en el Juzgado identificó en rueda de reconocimiento al acusado como autor del atraco" a su local.

Además, el denunciante "ratificó sin paliativos estas ruedas de reconocimiento" en el juicio, donde " matizó que reconoció sin dudas al acusado tanto por su complexión física como por sus ojos y nariz, que pudo ver perfectamente", según la sentencia consultada por Europa Press. "Frente a este contundente prueba de cargo", el acusado niega "simplemente" los hechos , y en su recurso, "además de criticar las ruedas de reconocimiento, pone de manifiesto las contradicciones sobre datos periféricos".

No obstante, la Audiencia dice que estas contradicciones "no tienen la virtualidad de restar credibilidad al perjudicado respecto a la prueba de cargo esencial". Esta prueba de cargo es "el reconocimiento del acusado como autor de los hechos en dos ocasiones en sendas ruedas de reconocimiento", de manera que "procede mantener la valoración de la prueba y la calificación jurídica de los hechos".

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