La esencia de la Monarquía
por JOSÉ ANTONIO ZARZALEJOS
La
boda del Príncipe de Asturias y doña Letizia Ortiz abre
una nueva etapa en la Monarquía española, aseveración
que, en esta ocasión, trasciende del tópico para constituir
una realidad de gran dimensión y repercusiones. Por uso dinástico
que ha hecho norma, la Pragmática de Carlos III, los matrimonios
«entre iguales» -miembros de la realeza- han sido la constante
en la Familia Real española. El enlace del próximo día
22, quiebra este uso normativo interno que respondía a una endogamia
históricamente explicable en la necesidad, por una parte, de
establecer uniones familiares entre Casas Reales para asentar políticas
de alianzas, y, por otra, de disponer siempre de trayectorias vitales
de los cónyuges reales lo suficientemente opacas para que la
invulnerabilidad de los que encarnasen la institución la protegiesen
de la observación crítica en consonancia con el papel
simbólico y ejemplarizante de la Corona. Cuando estos matrimonios
no eran posibles y se celebraban «por amor» -morganáticos,
en un lenguaje más técnico-, los derechos sucesorios decaían
habitualmente por renuncia expresa del titular de los mismos o, eventualmente,
por aplicación de la Pragmática con mayor o menor reticencia
del interesado. Así ha ocurrido hasta bien recientemente en la
Familia Real española.
Esa plurisecular etapa de vigencia de la constitución interna
de la dinastía quiebra ahora con el matrimonio del Príncipe
de Asturias con doña Letizia Ortiz. No puede negarse el anacronismo
de estas viejas prevenciones, que pensadas para contextos históricos
diferentes, carecen ahora en parte del sentido y explicación
que tuvieron. Pero derogado el uso normativo interno en la dinastía
que ninguna norma constitucional ni de rango menor ampara en el ordenamiento
jurídico español, no queda sin vigencia alguno de los
valores que protegían.
Se ha interpretado, a mi juicio erróneamente, que este matrimonio
real procura la «normalización» de la Monarquía
y su «democratización». Si así fuese -que
no lo es- la Monarquía se introduciría en un proceso de
dilución de su identidad histórica e institucional. La
Corona no es una institución susceptible de «normalización»
porque, por su carácter, es excepcional, diferente, distinta,
lo que la hace irreductible a patrones estandarizados. Y es en esa singularidad
en la que reside su fortaleza porque todo cuanto institucionalmente
le rodea -el Gobierno, los partidos, los sindicatos, las asociaciones-
es «otra cosa» y, sobre todo, tiene otra misión que
no milita en tendencias, ideología e intereses. La excepcionalidad
de la Monarquía es que su inserción es en la Nación
y en el Estado de conformidad con un ordenamiento constitucional que
establece el estatuto de sus deberes y derechos, de sus servidumbres
y de sus privilegios, al servicio -sin acepción de credos o ideologías-
del denominado bien común. Si «normalizar» es vulgarizar,
el concepto resulta incompatible con la institución monárquica;
si «normalizar» se entiende como simbiosis social de la
Corona con la sociedad, como una suerte de sintonía en la que
ambas partes conocen su papel y se reconocen su función, valdría
el término. Doña Letizia, en este orden de cosas, aportará
experiencias vitales, un conocimiento más próximo de algunas
realidades y una determinada sensibilidad sustanciada en su propia biografía.
Pero doña Letizia no será un ariete contra las pautas
de la Monarquía, de tal forma que la crítica inmerecida
con que se impugnan algunas de sus presencias o ausencias, acreditan
que la futura Princesa de Asturias, sin desmentir su personalidad ni
su trayectoria, es consciente de sus obligaciones y las cumple con un
sentido de responsabilidad encomiable.
Peor aún es suponer que la incorporación de doña
Letizia Ortiz a la Familia Real suponga una suerte de «democratización»
de la Monarquía. La Corona no es electiva, luego no es democrática
en su naturaleza; pero su presencia y su función lo es por la
voluntad constitucional de los españoles. A la legitimación
de ejercicio, añade la de carácter dinástico y
la histórica, hasta componer, a estas alturas de la historia,
una institución, que asume la Jefatura del Estado en las condiciones
estrictas de la Carta Magna, plenamente conectada con una sociedad de
libertades de la que se alza en garante al ostentar, además,
la Jefatura de las Fuerzas Armadas ya irreversiblemente sometidas al
poder civil emanado de las urnas. No hay, pues, «democratización»
de la Monarquía en la acepción estricta de este término
que no se haya consumado ya. Jugar con las palabras es hacerlo con los
conceptos porque aquellas traen éstos y los divulgan para bien
o para mal.
La conclusión parece clara: la Monarquía parlamentaria
es la forma de Estado en España, está ya sancionada e
incorporada al ordenamiento jurídico con sus singularidades indispensables,
y legitimada democráticamente, no requiere de adiciones estructurales,
sean política o jurídicas, sin perjuicio del proyecto
de evitar la prevalencia del varón en la sucesión. Las
adiciones adjetivas vienen de la mano de la personalidad de los Reyes
y de su Heredero y, a partir de ahora, de la Princesa de Asturias que
se incorporará -y así cumple su papel- a los valores propios
de una institución que modera y arbitra, que representa y une,
que encarna el pasado y la tradición e impulsa un futuro en el
que, como Don Felipe ha declarado en repetidas ocasiones, la Corona
estará presente en una Nación que gestione su normalidad
en libertad y concordia. En ambas, en la libertad y la concordia como
contexto histórico y social de su funcionamiento, está
la esencia de la Monarquía.
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