La esencia de la Monarquía
por JOSÉ ANTONIO ZARZALEJOS

La boda del Príncipe de Asturias y doña Letizia Ortiz abre una nueva etapa en la Monarquía española, aseveración que, en esta ocasión, trasciende del tópico para constituir una realidad de gran dimensión y repercusiones. Por uso dinástico que ha hecho norma, la Pragmática de Carlos III, los matrimonios «entre iguales» -miembros de la realeza- han sido la constante en la Familia Real española. El enlace del próximo día 22, quiebra este uso normativo interno que respondía a una endogamia históricamente explicable en la necesidad, por una parte, de establecer uniones familiares entre Casas Reales para asentar políticas de alianzas, y, por otra, de disponer siempre de trayectorias vitales de los cónyuges reales lo suficientemente opacas para que la invulnerabilidad de los que encarnasen la institución la protegiesen de la observación crítica en consonancia con el papel simbólico y ejemplarizante de la Corona. Cuando estos matrimonios no eran posibles y se celebraban «por amor» -morganáticos, en un lenguaje más técnico-, los derechos sucesorios decaían habitualmente por renuncia expresa del titular de los mismos o, eventualmente, por aplicación de la Pragmática con mayor o menor reticencia del interesado. Así ha ocurrido hasta bien recientemente en la Familia Real española.


Esa plurisecular etapa de vigencia de la constitución interna de la dinastía quiebra ahora con el matrimonio del Príncipe de Asturias con doña Letizia Ortiz. No puede negarse el anacronismo de estas viejas prevenciones, que pensadas para contextos históricos diferentes, carecen ahora en parte del sentido y explicación que tuvieron. Pero derogado el uso normativo interno en la dinastía que ninguna norma constitucional ni de rango menor ampara en el ordenamiento jurídico español, no queda sin vigencia alguno de los valores que protegían.


Se ha interpretado, a mi juicio erróneamente, que este matrimonio real procura la «normalización» de la Monarquía y su «democratización». Si así fuese -que no lo es- la Monarquía se introduciría en un proceso de dilución de su identidad histórica e institucional. La Corona no es una institución susceptible de «normalización» porque, por su carácter, es excepcional, diferente, distinta, lo que la hace irreductible a patrones estandarizados. Y es en esa singularidad en la que reside su fortaleza porque todo cuanto institucionalmente le rodea -el Gobierno, los partidos, los sindicatos, las asociaciones- es «otra cosa» y, sobre todo, tiene otra misión que no milita en tendencias, ideología e intereses. La excepcionalidad de la Monarquía es que su inserción es en la Nación y en el Estado de conformidad con un ordenamiento constitucional que establece el estatuto de sus deberes y derechos, de sus servidumbres y de sus privilegios, al servicio -sin acepción de credos o ideologías- del denominado bien común. Si «normalizar» es vulgarizar, el concepto resulta incompatible con la institución monárquica; si «normalizar» se entiende como simbiosis social de la Corona con la sociedad, como una suerte de sintonía en la que ambas partes conocen su papel y se reconocen su función, valdría el término. Doña Letizia, en este orden de cosas, aportará experiencias vitales, un conocimiento más próximo de algunas realidades y una determinada sensibilidad sustanciada en su propia biografía. Pero doña Letizia no será un ariete contra las pautas de la Monarquía, de tal forma que la crítica inmerecida con que se impugnan algunas de sus presencias o ausencias, acreditan que la futura Princesa de Asturias, sin desmentir su personalidad ni su trayectoria, es consciente de sus obligaciones y las cumple con un sentido de responsabilidad encomiable.


Peor aún es suponer que la incorporación de doña Letizia Ortiz a la Familia Real suponga una suerte de «democratización» de la Monarquía. La Corona no es electiva, luego no es democrática en su naturaleza; pero su presencia y su función lo es por la voluntad constitucional de los españoles. A la legitimación de ejercicio, añade la de carácter dinástico y la histórica, hasta componer, a estas alturas de la historia, una institución, que asume la Jefatura del Estado en las condiciones estrictas de la Carta Magna, plenamente conectada con una sociedad de libertades de la que se alza en garante al ostentar, además, la Jefatura de las Fuerzas Armadas ya irreversiblemente sometidas al poder civil emanado de las urnas. No hay, pues, «democratización» de la Monarquía en la acepción estricta de este término que no se haya consumado ya. Jugar con las palabras es hacerlo con los conceptos porque aquellas traen éstos y los divulgan para bien o para mal.


La conclusión parece clara: la Monarquía parlamentaria es la forma de Estado en España, está ya sancionada e incorporada al ordenamiento jurídico con sus singularidades indispensables, y legitimada democráticamente, no requiere de adiciones estructurales, sean política o jurídicas, sin perjuicio del proyecto de evitar la prevalencia del varón en la sucesión. Las adiciones adjetivas vienen de la mano de la personalidad de los Reyes y de su Heredero y, a partir de ahora, de la Princesa de Asturias que se incorporará -y así cumple su papel- a los valores propios de una institución que modera y arbitra, que representa y une, que encarna el pasado y la tradición e impulsa un futuro en el que, como Don Felipe ha declarado en repetidas ocasiones, la Corona estará presente en una Nación que gestione su normalidad en libertad y concordia. En ambas, en la libertad y la concordia como contexto histórico y social de su funcionamiento, está la esencia de la Monarquía.

 


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